La institución dice que Telmex cobró indebidamente por los servicios "privacidad en directorio y 040", y "detalle de llamadas entrantes y salientes".
Sin embargo, con la entrada en vigor de la reforma al artículo 16 constitucional, de 2009, el derecho a la protección de datos personales se reconoció como derecho humano, por lo que Telmex no debió cobrar por el servicio de "Privacidad en Directorio y 040", dijo el subprocurador jurídico, Rafael Ochoa.
A partir de noviembre de 2012, sin previo aviso y sin acuerdo de voluntades, la empresa de Carlos Slim, implementó el cobro en el rubro de llamadas entrantes y salientes.
"Dicha empresa intenta confundir a los usuarios como si fuera un servicio que se ofrece a cambio de un pago cierto y en dinero, cuando se trata de un derecho humano", dijo Humberto Benítez Treviño.
Nadie debe cobrar por un derecho constitucional reconocido por el Estado, ya que es parte inherente a la persona y no puede ni debe lucrarse como lo hace Telmex, dijo Humberto Benítez.
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